I.  IDENTIFICACION DEL CARGO

1.1. NIVEL

Descentralizado del orden Municipal “Empresa Social del Estado de II nivel de complejidad”

1.2. DENOMINACION DEL CARGO

Auxiliar Área Salud

1.3. CÓDIGO

412

1.4. TOTAL CARGOS

1

1.5. CARGO DEL JEFE INMEDIATO:

Enfermero, profesional universitario área salud

1.6.  ÁREA

Atención al usuario

1.7. SECCIÓN

 Sub Gerencia Científica

1.8. DISTRIBUCIÓN

1.9.  HORAS DE CONTRATO

1.10. GRADO

1.11. FUNCIONAL

1.12.DEPENDENCIA

(1) Uno

8

07

Auxiliar de laboratorio clínico

Laboratorio clínico

 

II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL CARGO:

Ejecutar y aplicar actividades de apoyo, complementarias a las tareas propias del nivel profesional (enfermería y laboratorio clínico) para la población usuaria en las fases de educación, información y fomento de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en cada una de las unidades misionales (urgencias, cirugía, hospitalización, consulta externa) y en las fases de toma, análisis, procesamiento y diagnostico (laboratorio clínico) respectivamente, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia, de conformidad con los planes, políticas, programas, procesos, protocolos y guías definidas por la organización y las normas nacionales e internacionales, donde por su naturaleza de las funciones requiera el Hospital San Vicente de Paúl Empresa Social Estado de II nivel de complejidad.

 

III. FUNCIONES “AUXILIAR DE LABORATORIO CLÍNICO”

3.1.         Asistir a los profesionales de la Bacteriología con procedimientos asistenciales de apoyo propios del nivel auxiliar, en el Laboratorio Clínico para apoyar la clínica medica en el diagnóstico de la enfermedad que afecta el bienestar de los usuarios del área de influencia del Hospital.

3.2.         Realizar la toma y recolección de las muestras, garantizando su pertinente marcado para el procesamiento en cada una de las secciones del Laboratorio Clínico conforme a las órdenes del Medico.

3.3.         Hacer la preparación, disposición de insumos y montaje de muestras para que la profesional de Laboratorio lleve a cabo el procesamiento.

3.4.         Instruir o direccionar al usuario sobre las forma como se debe llevar a cabo el proceso de recolección y las condiciones  en que se debe tomar y presentar  la muestra del examen al Laboratorio para disponer de una optima muestra que garantice la veracidad de los resultados.

3.5.         Acordar la planeación y ejecución de todos los procesos propios de la dependencia con el superior inmediato para garantizar el cumplimiento de los objetivos organizacionales.

3.6.         Contribuir con el pertinente registro clínico, por la legalidad de los soportes de su competencia y los del nivel profesional, con el debido y completo diligenciamiento, el refrendado y el sellado para garantizar la calidad de la historia clínica, manteniendo la fuente primaria para soportar la atención y la facturación de los servicios.

 

III. FUNCIONES “AUXILIAR DE LABORATORIO CLÍNICO”

3.7.         Verificar el adecuado mantenimiento de las áreas del laboratorio y velar por la esterilización del instrumental, materiales médico quirúrgicos y elementos del servicio para garantizar la práctica aséptica de cualquier procedimiento o actividad que se realice en la atención del usuario.

3.8.         Digitar o transcribir los resultados de los análisis en las formas y libros respectivos para ser enviados o entregados a los servicios de atención, al usuario o ser archivados.

3.9.         Velar por la consecución oportuna de los recursos necesarios, por la racional utilización de los disponibles y custodia de los demás bienes a su cargo, manteniendo el servicio habilitado para la atención oportuna y eficiente del usuario.

3.10. Reportar oportunamente al profesional del Laboratorio o superior inmediato las anormalidades en la prestación del servicio, estados de emergencia y riesgos y deficiencias de personal de Laboratorio proponiendo alternativas de solución para mejorarlo y garantizar la satisfacción de los usuarios.

3.11. Mantener bajo supervisión y custodia la cadena de frió en los insumos Hospitalarios que lo requieren para evitar perdidas por deterioro.

3.12. Participar en la elaboración, actualización y promulgación de las práctica auxiliar de Laboratorio de manera pertinente en la atención diagnostica urgente, ambulatoria y hospitalaria conforme a las directrices del organismo mundial, nacional y local de salud para garantizar el proceso de apoyo en la atención y garantía de la vida de todos los usuarios.

3.13. Participar como unidad de choque de actividades diagnósticas en las contingencias como brigadas, emergencias, epidemias entre otras para dar respuesta inmediata a las necesidades de salud de la población del área de influencia del Hospital.

3.14. Promover en su servicio o área de trabajo, la doctrina de la calidad, la pertinencia en la atención, la equidad, la eficiencia y la efectividad para que los usuarios de los diferentes servicios del Hospital queden satisfechos por la atención recibida.

3.15. Cumplir con los objetivos concertados con su inmediato superior para obtener eficiencia en la prestación del servicio y calificar satisfactoriamente en la evaluación del desempeño.

3.16. Ejercer el autocontrol de todas las funciones que le sean asignadas, para mantener, mejorar y agregar valor en el buen desempeño publico en el propósito de su cargo.

3.17. Participar con el apoyo de actividades auxiliares requeridas para la verificación y control de los compromisos pactados en los convenios docente asistenciales suscritos entre el hospital y las instituciones educativas, garantizando su debida ejecución sin poner en riesgo la integridad de los procesos y los diferentes usuarios.

3.18. Las demás funciones asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

 

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS.

5.1.         Sistema General de Seguridad Social (Ley 100 de 1993).

5.2.         Guías de atención y procedimientos de Laboratorio Clínico en instituciones Hospitalarias de II Nivel de complejidad.

5.3.         Windows.

5.4.         Manual de Normas de Bioseguridad Hospitalaria.

 

VI. REQUISITOS  DEL CARGO:

6.1.Estudio:

Diploma de bachiller y Certificado de Auxiliar de Laboratorio Clínico expedido por una Institución debidamente autorizada.

6.2. Experiencia:

Laboral: Veintiocho (28) meses.

Relacionada: Veinticuatro (24) meses.

 

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