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I. IDENTIFICACION DEL CARGO |
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1.1. NIVEL |
Descentralizado del orden Municipal “Empresa
Social del Estado de II nivel de complejidad” |
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1.2. DENOMINACION DEL CARGO |
Auxiliar
Área Salud
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1.3.
CÓDIGO |
412 |
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1.4. TOTAL CARGOS |
1 |
1.5. CARGO DEL JEFE INMEDIATO: |
Enfermero,
profesional universitario área salud |
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1.6. ÁREA |
Atención al usuario |
1.7.
SECCIÓN |
Sub
Gerencia Científica |
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1.8. DISTRIBUCIÓN |
1.9.
HORAS DE CONTRATO |
1.10. GRADO |
1.11.
FUNCIONAL |
1.12.DEPENDENCIA |
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(1) Uno |
8 |
07 |
Auxiliar
de laboratorio clínico |
Laboratorio
clínico |
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II. PROPÓSITO PRINCIPAL
DEL CARGO: |
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Ejecutar y aplicar actividades de apoyo, complementarias a las tareas
propias del nivel profesional (enfermería y laboratorio clínico) para
la población usuaria en las fases de educación, información y fomento de la
salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en cada una de
las unidades misionales (urgencias, cirugía, hospitalización, consulta
externa) y en las fases de toma, análisis, procesamiento y diagnostico
(laboratorio clínico) respectivamente, en cantidad, oportunidad, calidad y
eficiencia, de conformidad con los planes, políticas, programas, procesos,
protocolos y guías definidas por la organización y las normas nacionales e
internacionales, donde por su naturaleza de las funciones requiera el
Hospital San Vicente de Paúl Empresa Social Estado de II nivel de
complejidad. |
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III. FUNCIONES “AUXILIAR
DE LABORATORIO CLÍNICO” |
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3.1.
Asistir a los profesionales de la Bacteriología con procedimientos
asistenciales de apoyo propios del nivel auxiliar, en el Laboratorio Clínico
para apoyar la clínica medica en el diagnóstico de la enfermedad que afecta
el bienestar de los usuarios del área de influencia del Hospital. 3.2.
Realizar la toma y recolección de las muestras,
garantizando su pertinente marcado para el procesamiento en cada una de las
secciones del Laboratorio Clínico conforme a las órdenes del Medico. 3.3.
Hacer la preparación, disposición de insumos y montaje de muestras
para que la profesional de Laboratorio lleve a cabo el procesamiento. 3.4.
Instruir o direccionar al usuario
sobre las forma como se debe llevar a cabo el proceso de recolección y las
condiciones en que se debe tomar y
presentar la muestra del examen al
Laboratorio para disponer de una optima muestra que garantice la veracidad de
los resultados. 3.5.
Acordar la planeación y ejecución de todos los procesos propios de la
dependencia con el superior inmediato para garantizar el cumplimiento de los
objetivos organizacionales. 3.6.
Contribuir con el pertinente registro clínico, por la legalidad de
los soportes de su competencia y los del nivel profesional, con el debido y
completo diligenciamiento, el refrendado y el sellado para garantizar la
calidad de la historia clínica, manteniendo la fuente primaria para soportar
la atención y la facturación de los servicios. |
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III. FUNCIONES “AUXILIAR
DE LABORATORIO CLÍNICO” |
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3.7.
Verificar el adecuado mantenimiento de las áreas del laboratorio y
velar por la esterilización del instrumental, materiales médico quirúrgicos y
elementos del servicio para garantizar la práctica aséptica de cualquier
procedimiento o actividad que se realice en la atención del usuario. 3.8.
Digitar o transcribir los resultados de los análisis en las formas y
libros respectivos para ser enviados o entregados a los servicios de
atención, al usuario o ser archivados. 3.9.
Velar por la consecución oportuna de los recursos necesarios, por la
racional utilización de los disponibles y custodia de los demás bienes a su
cargo, manteniendo el servicio habilitado para la atención oportuna y
eficiente del usuario. 3.10. Reportar oportunamente al
profesional del Laboratorio o superior inmediato las anormalidades en la
prestación del servicio, estados de emergencia y riesgos y deficiencias de
personal de Laboratorio proponiendo alternativas de solución para mejorarlo y
garantizar la satisfacción de los usuarios. 3.11. Mantener bajo supervisión
y custodia la cadena de frió en los insumos Hospitalarios que lo requieren
para evitar perdidas por deterioro. 3.12.
Participar en la elaboración, actualización y promulgación de las
práctica auxiliar de Laboratorio de manera pertinente en la atención
diagnostica urgente, ambulatoria y hospitalaria conforme a las directrices
del organismo mundial, nacional y local de salud para garantizar el proceso
de apoyo en la atención y garantía de la vida de todos los usuarios. 3.13.
Participar como unidad de choque de actividades
diagnósticas en las contingencias como brigadas, emergencias, epidemias entre
otras para dar respuesta inmediata a las necesidades de salud de la población
del área de influencia del Hospital. 3.14.
Promover en su servicio o área de trabajo, la
doctrina de la calidad, la pertinencia en la atención, la equidad, la
eficiencia y la efectividad para que los usuarios de los diferentes servicios
del Hospital queden satisfechos por la atención recibida. 3.15.
Cumplir con los objetivos concertados con su
inmediato superior para obtener eficiencia en la prestación del servicio y
calificar satisfactoriamente en la evaluación del desempeño. 3.16.
Ejercer el autocontrol de todas las funciones
que le sean asignadas, para mantener, mejorar y agregar valor en el buen
desempeño publico en el propósito de su cargo. 3.17.
Participar con el apoyo de actividades
auxiliares requeridas para la verificación y control de los compromisos
pactados en los convenios docente asistenciales suscritos entre el hospital y
las instituciones educativas, garantizando su debida ejecución sin poner en
riesgo la integridad de los procesos y los diferentes usuarios. 3.18. Las demás funciones
asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y
el área de desempeño del cargo. |
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V.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS. |
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5.1.
Sistema General de Seguridad Social (Ley 100 de 1993). 5.2.
Guías de atención y procedimientos de Laboratorio Clínico en
instituciones Hospitalarias de II Nivel de complejidad. 5.3.
Windows. 5.4.
Manual de Normas de Bioseguridad Hospitalaria. |
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VI.
REQUISITOS DEL CARGO: |
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6.1.Estudio: |
Diploma de bachiller y Certificado de Auxiliar de
Laboratorio Clínico expedido por una Institución debidamente autorizada. |
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6.2. Experiencia: |
Laboral: Veintiocho (28) meses. Relacionada: Veinticuatro (24) meses. |