I.  IDENTIFICACION DEL CARGO

1.1. NIVEL

Descentralizado del orden Municipal “Empresa Social del Estado de II nivel de complejidad”

1.2. DENOMINACION DEL CARGO

Enfermero

1.3. CÓDIGO

243

1.4. TOTAL CARGOS

4

1.5. CARGO DEL JEFE INMEDIATO:

Subdirector Científico.

1.6.  ÁREA

Atención al Usuario

1.7. SECCIÓN

 Sub Gerencia Científica

1.8. DISTRIBUCIÓN

1.9.  HORAS DE CONTRATO

1.10. GRADO

1.11. FUNCIONAL

1.12.DEPENDENCIA

(3) Tres

8

08

Enfermero

Cirugía, urgencias, hospitalización.

(1) Uno

8

09

 

II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL CARGO:

Ejecutar y aplicar los conocimientos profesionales de enfermería para la atención integral de la salud de la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia, de conformidad con los planes, políticas, programas, procesos o protocolos de atención en enfermería definidos por la organización y las normas nacionales e internacionales donde por su naturaleza de las funciones se requiera para la prestación de los servicios de enfermería profesional de II nivel de complejidad ofertados por el Hospital San Vicente de Paúl Empresa Social Estado.

 

III. FUNCIONES DEL CARGO:

3.1.         Participar en investigaciones con criterios profesionales de enfermería que contribuyan a esclarecer las causas y soluciones para mejorar el nivel de vida y el estado de salud de las personas, familia y grupos de la comunidad del área de influencia del Hospital.

3.2.         Realizar seguimiento y valoración del estado de salud de los usuarios a través de la revista, con el fin de planear actividades de enfermería, que sean pertinentes con el diagnostico y tratamiento clínico e individual definido por el médico tratante.

3.3.         Ejecutar tratamientos, prescripciones medicas respondiendo por las técnicas y el cuidado directo de los usuarios, garantizándoles una estricta aplicación de las normas de asepsia del sector hospitalario.

3.4.         Orientar al usuario y a su familia sobre las actividades específicas en las cuales debe participar activamente siguiendo las instrucciones medicas suministradas y encaminadas a la recuperación, tratamiento y rehabilitación del estado de salud, al regreso a su medio familiar, social y laboral.

3.5.         Supervisar y ejercer control sobre la aplicación de métodos y procedimientos de enfermería a los usuarios, por parte del personal auxiliar a su cargo, en los diferentes servicios que oferta el Hospital.

3.6.         Adoptar y mantener la relación de coordinación del servicio cuando el nivel jerárquico o superior competente en la institución este ausente, garantizando una eficaz prestación de los servicios de salud los cuales contribuyan a salvar la vida de los usuarios.

3.7.         Participar en comités, en contingencias como brigadas, emergencias, epidemias entre otras y en programas de promoción y prevención de la enfermedad para dar respuesta inmediata a las necesidades de salud de la población del área de influencia del Hospital.

3.8.         Participar en la elaboración, actualización y promulgación de la práctica de enfermería de manera pertinente en la atención clínica hospitalaria conforme a las directrices del organismo mundial, nacional y local de salud para garantizar la atención y la vida de todos los usuarios.

3.9.         Participar en la ejecución del traslado intra y extrahospitalario oportunamente, planificando los recursos, para que los usuarios con enfermedades que requieren de más alto nivel de complejidad, o de otro servicio sean transferidos conforme a las directrices de referencia y contrarreferencia que establece la norma.

3.10. Responder por el pertinente registro clínico y por la legalidad de los soportes de su competencia y del personal a su cargo, con el debido y completo diligenciamiento, el refrendado y el sellado para garantizar la calidad de la historia clínica, manteniendo la fuente primaria para soportar la atención y la facturación de los servicios.

3.11. Reportar oportunamente al superior inmediato las anormalidades en la prestación del servicio y deficiencias de personal de enfermería proponiendo alternativas de solución para mejorarlo y garantizar la satisfacción de los usuarios.

3.12. Colaborar con el proceso de inducción, instrucción, reinducción, capacitación, coordinación del personal de enfermería, reportando novedades administrativas a la oficina de Talento Humano para que se lleven a cabo los reconocimientos, deducciones de las liquidaciones periódicas correspondientes.

3.13. Velar por la consecución oportuna de los recursos necesarios, por la racional utilización de los disponibles (medicamentos, material médico quirúrgico) y custodia de los demás bienes a su cargo (Equipos,  muebles e instrumental) manteniendo los servicios de atención ambulatoria, urgente u hospitalaria habilitados para la atención oportuna y debida del usuario.

 

III. FUNCIONES DEL CARGO:

3.14. Velar por el reporte a las autoridades competentes, de las enfermedades tipificadas como de notificación obligatoria para realizar la debida vigilancia epidemiológica en todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo para la población evitando la propagación o contaminación ambiental.

3.15. Promover en su servicio o área de trabajo, la doctrina de la calidad, la pertinencia en la atención, la equidad, la eficiencia y la efectividad para que los usuarios de los servicios de salud del Hospital queden satisfechos por los servicios recibidos.

3.16. Ejercer el autocontrol de todas las funciones que le sean asignadas, para mantener, mejorar y agregar valor en el buen desempeño publico en el propósito de su cargo.

3.17. Cumplir con los objetivos concertados con su inmediato superior y hacer cumplir los de sus inmediatos sub alternos para obtener eficiencia en la prestación del servicio y calificar satisfactoriamente en la evaluación del desempeño.

3.18. Participar en el seguimiento, verificación y control de los compromisos pactados en los convenios docente asistenciales suscritos entre el hospital y las instituciones educativas, para garantizar su debida ejecución sin poner en riesgo la integridad de los usuarios.

3.19. Las demás funciones asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

 

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS.

5.1.         Sistema General de Seguridad Social (Ley 100 de 1993).

5.2.         Carro de paro y resucitación cardiopulmonar.

5.3.         Protocolos, procedimientos y guías de enfermería aplicados a instituciones de I y II Nivel de complejidad.

5.4.         Manejo de medicamentos.

5.5.         Salud Comunitaria Ley 412/00.

5.1.         Manual de bioseguridad hospitalaria.

 

VI. REQUISITOS  DEL CARGO:

6.1.Estudio:

Título de enfermero profesional.

6.2. Experiencia:

Profesional: Veinticuatro (24) meses.

relacionada: Veinticuatro (24) meses.

 

Volver