I.  IDENTIFICACION DEL CARGO

1.1. NIVEL

Descentralizado del orden Municipal “Empresa Social del Estado de II nivel de complejidad”

1.2. DENOMINACION DEL CARGO

Medico Especialista

1.3. CÓDIGO

213

1.4. TOTAL CARGOS

14

1.5. CARGO DEL JEFE INMEDIATO:

Subdirector Científico

1.6.  ÁREA

Atención al Usuario

1.7. SECCIÓN

 Sub Gerencia Científica

 

I.  IDENTIFICACION DEL CARGO

1.8. DISTRIBUCIÓN

1.9.  HORAS CONTRATADAS

1.10. GRADO

1.11. FUNCIONAL

1.12.DEPENDENCIA

(7) Siete

4

07

Anestesiólogo

Consulta externa, urgencias y Cirugía

(5) Cinco

4

07

Cirujano

(2) Dos

4

06

Cirujano

 

II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL CARGO:

Ejecutar y aplicar los conocimientos propios de su especialidad médica en la atención integral de la salud de la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia de conformidad con los planes, políticas, programas, procesos y protocolos de atención médica especializada definidos por la organización y las normas nacionales e internacionales, donde por su naturaleza de las funciones se requiera para la prestación de los servicios de salud de II  nivel de complejidad ofertados por el Hospital San Vicente de Paúl Empresa Social Estado.

 

III. FUNCIONES DEL CARGO:

3.1.         Practicar exámenes de su especialidad basándose en la clínica, para formular el diagnóstico y prescribir el tratamiento que debe seguirse en la recuperación de la enfermedad o dolencia que afecta al usuario.

3.2.         Realizar procedimientos especializados que se requieran para contribuir a definir el diagnóstico y/o el manejo de los usuarios, de manera multidisciplinaria con las otras especialidades según el caso.

3.3.         Formular, dosificar y ordenar el suministro de medicamentos de manera pertinente.

3.4.         Realizar intervenciones quirúrgicas y procedimientos médicos de su especialidad a usuarios de cirugía programada o de urgencias participando en ellas de acuerdo a la complejidad, para garantizar la vida y recuperación del usuario conforme a los recursos que el Hospital ponga a su disposición.

3.5.         Atender la urgencia y la interconsulta de su especialización, haciendo el control periódico de manera pertinente a los usuarios en observación para mejorar el tratamiento y definir su recuperación hasta antes de transcurridas 12 horas desde su ingreso y posteriormente a los Hospitalizados en la sala de su especialidad.

3.6.         Realizar dentro de su especialidad las funciones correspondientes a medicina legal y preventiva, informando y registrando las enfermedades de notificación obligatoria para realizar la debida vigilancia epidemiológica en todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo para la población .

3.7.         Remitir los usuarios que por la gravedad de su enfermedad requieran un nivel de mayor complejidad y de médicos especialistas dotados de mejor tecnología y conocimientos, conforme a las directrices de referencia y contrarreferencia que establece la norma.

3.8.         Velar por la consecución oportuna de los recursos necesarios, por el adecuado funcionamiento de los equipos de su especialidad, por la racional utilización de los disponibles y custodia de los demás bienes a su cargo, manteniendo el servicio de su especialidad habilitado para la atención oportuna y debida del usuario.

3.9.         Instruir a la comunidad sobre el cuidado que se debe tener en prevenir las enfermedades de su especialidad.

3.10. Participar en la actividades de contingencia como brigadas, emergencias, epidemias entre otras donde se requiera de su especialidad para dar respuesta inmediata a las necesidades de salud de la población del área de influencia del Hospital.

3.11. Participar en la evaluación de las actividades de su especialidad y el impacto en la prestación de los servicios, impartiendo instrucciones al personal profesional, técnico y auxiliar de como debe acceder el usuario a los procedimientos propios de su especialidad.

3.12. Participar en investigaciones de tipo aplicado a especialidad, conocimientos y funciones para tratar de esclarecer las causas y soluciones a los problemas de salud de la comunidad del área de influencia.

 

III. FUNCIONES DEL CARGO:

3.13. Responder por el pertinente registro clínico de las actividades de su especialidad, por la legalidad de los soportes de su competencia y del personal a su cargo, con el debido y completo diligenciamiento, el refrendado y el sellado para garantizar la calidad de la historia clínica, manteniendo la fuente primaria para soportar la atención y la facturación de los servicios.

3.14. Promover en los servicios de su especialidad o área de trabajo, la doctrina de la calidad, la pertinencia en la atención, la equidad, la eficiencia y la efectividad para que los usuarios de los servicios de salud del Hospital queden satisfechos por los servicios recibidos.

3.15. Reportar oportunamente al superior inmediato las anormalidades en la prestación del servicio proponiendo alternativas de solución para mejorarlo y garantizar la satisfacción de los usuarios.

3.16. Participar en la elaboración, actualización y promulgación de su especialidad médica de manera pertinente en la atención clínica hospitalaria conforme a las directrices del organismo mundial, nacional y local de salud para garantizar la atención y la vida de todos los usuarios.

3.17. Ejercer el autocontrol de todas las funciones que le sean asignadas, para mantener, mejorar y agregar valor en el buen desempeño publico en el propósito de su cargo.

3.18. Cumplir con los objetivos concertados con su inmediato superior y hacer cumplir los de sus inmediatos sub alternos para obtener eficiencia en la prestación del servicio y calificar satisfactoriamente en la evaluación del desempeño.

3.19. Participar en el seguimiento, verificación y control de los compromisos pactados en los convenios docente asistenciales suscritos entre el hospital y las instituciones educativas, para garantizar su debida ejecución sin poner en riesgo la integridad de los usuarios.

3.20. Las demás funciones asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

 

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS.

5.1.         Sistema General de Seguridad Social (Ley 100 de 1993).

5.2.         Planes obligatorios de salud (Contributivo y subsidiado).

5.3.         Mapipos de atención Hospitalaria.

5.1.         Manejo de relación médico-paciente

5.4.         Protocolos de atención de las mas importantes causas de Morbi-mortalidad en la Región, relacionadas con la especialidad médica de la que se va ha ser titular (Anestesiólogo o Cirujano).

5.5.         Manual de bioseguridad hospitalaria.

5.6.         Deberes, obligaciones y prohibiciones del Servidor Publico (ley 734/2002).

 

VI. REQUISITOS  DEL CARGO:

6.1.Estudio:

Título universitario en medicina y postgrado en una de las siguientes especialidades: Anestesia, Cirugía.

6.2. Experiencia:

Profesional: Veinticuatro (24) meses.

relacionada: Treinta seis (36) meses.

 

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