I. IDENTIFICACION DEL CARGO |
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1.1. NIVEL |
Descentralizado
del orden Municipal “Empresa Social del Estado de II nivel de complejidad” |
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1.2. DENOMINACION DEL
CARGO |
Médico General |
1.3. CÓDIGO |
211 |
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1.4.
TOTAL CARGOS |
17 |
1.5. CARGO DEL JEFE INMEDIATO: |
Subdirector Científico |
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1.6. ÁREA |
Atención al Usuario |
1.7. SECCIÓN |
Sub Gerencia Científica |
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1.8.
DISTRIBUCIÓN |
1.9. HORAS CONTRATADAS |
1.10.
GRADO |
1.11. FUNCIONAL |
1.12.DEPENDENCIA |
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(12)
Doce |
4 |
03 |
Médico
General |
Consulta
externa, urgencias y Cirugía |
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(5)
Cinco |
8 |
10 |
Médico
General |
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II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL CARGO: |
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Ejecutar y aplicar los conocimientos propios de la
medicina general en la atención integral de la salud de la población en sus
fases de educación, información y fomento de la salud, prevención,
diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad
y eficiencia de conformidad con el plan obligatorio de salud y los planes,
políticas, programas, procesos y protocolos de atención médica definidos por
la organización y las normas nacionales e internacionales, donde por su naturaleza de las funciones
requiera el Hospital San Vicente de Paúl Empresa Social Estado para la
prestación de los servicios de salud de II
nivel de complejidad. |
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III. FUNCIONES DEL CARGO: |
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3.1.
Practicar exámenes de medicina general basado en la clínica médica,
formular diagnósticos y prescribir el tratamiento que debe seguirse, para la
recuperación de la enfermedad o la urgencia que afecta al usuario. 3.2.
Prescribir y/o realizar procedimientos especiales para ayudar a
definir el diagnóstico y/o el manejo de los usuarios, según el caso. 3.3.
Formular, dosificar y ordenar el suministro de medicamentos de manera
pertinente. 3.4.
Realizar intervenciones de pequeña cirugía o ayudantía quirúrgica
general a pacientes de urgencias, hospitalizados o ambulatorios colaborando
en ellas de acuerdo al nivel de complejidad, para garantizar la vida del
usuario conforme a los recursos que el Hospital ponga a su disposición.. 3.5.
Realizar control médico periódico de manera pertinente a los usuarios
en observación, para corregir tratamiento y definir su recuperación
hasta pasadas 12 horas desde su ingreso antes de ser Hospitalizado. 3.6.
Reportar a las autoridades competentes las enfermedades definidas
como de notificación obligatoria para realizar la debida vigilancia
epidemiológica en todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo para
la población evitando la propagación o contaminación ambiental. 3.7.
Remitir los usuarios de mayor complejidad a los médicos especialistas
que se requieran, conforme a las directrices de referencia y
contrarreferencia que establece la norma. 3.8.
Participar en la elaboración y desarrollo de programas de promoción y
prevención para mejorar la salud de la comunidad. 3.9.
Reportar oportunamente al superior inmediato las anormalidades en la
prestación del servicio proponiendo alternativas de solución para mejorarlo y
garantizar la satisfacción de los usuarios. 3.10. Participar en
investigaciones de tipo aplicado a sus conocimientos y funciones para tratar
de esclarecer las causas y soluciones a los problemas de salud de la
comunidad del área de influencia. 3.11. Adoptar y mantener la
relación de coordinación del servicio cuando el nivel jerárquico o superior
competente en la institución este ausente, garantizando una eficaz prestación
de los servicios de salud los cuales contribuyan a salvar la vida de los
usuarios. 3.12. Velar por la consecución
oportuna de los recursos necesarios, por la racional utilización de los
disponibles y custodia de los demás bienes a su cargo, manteniendo el
servicio habilitado para la atención oportuna y debida del usuario. |
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3.13. Promover
en su servicio o área de trabajo, la doctrina de la calidad, la pertinencia
en la atención, la equidad, la eficiencia y la efectividad para que los
usuarios de los servicios de salud del Hospital queden satisfechos por los
servicios recibidos. 3.14. Responder por el
pertinente registro clínico, por la legalidad de los soportes de su
competencia y del personal a su cargo, con el debido y completo
diligenciamiento, el refrendado y el sellado para garantizar la calidad de la
historia clínica, manteniendo la fuente primaria para soportar la atención y
la facturación de los servicios. 3.15. Participar en las
contingencias como brigadas, emergencias, epidemias entre otras para dar
respuesta inmediata a las necesidades de salud de la población del área de
influencia del Hospital. 3.16. Participar en la
elaboración, actualización y promulgación de la práctica médica general de
manera pertinente en la atención clínica hospitalaria conforme a las
directrices del organismo mundial, nacional y local de salud para garantizar
la atención y la vida de todos los usuarios. 3.17. Ejercer el autocontrol de
todas las funciones que le sean asignadas, para mantener, mejorar y agregar
valor en el buen desempeño publico en el propósito de su cargo. 3.18.
Cumplir con los objetivos concertados con su inmediato superior y
hacer cumplir los de sus inmediatos sub alternos para obtener eficiencia en
la prestación del servicio y calificar satisfactoriamente en la evaluación del
desempeño. 3.19.
Participar en el
seguimiento, verificación y control de los compromisos pactados en los
convenios docente asistenciales suscritos entre el hospital y las
instituciones educativas, para garantizar su debida ejecución sin poner en
riesgo la integridad de los usuarios. 3.20.
Las demás funciones
asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y
el área de desempeño del cargo. |
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS. |
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5.1.
Sistema General de Seguridad Social (Ley 100 de 1993) 5.2.
Protocolos de las causas más importantes de Morbi-mortalidad por
enfermedad general en la región. 5.3.
Planes obligatorios de salud (Contributivo y subsidiado). 5.4.
Manejo de relación médico-paciente 5.5.
Mapipos de atención hospitalaria. 5.6.
Resucitación cardiopulmonar . 5.7.
Manual de bioseguridad hospitalaria. 5.8.
Deberes, obligaciones y prohibiciones del Servidor Publico (ley
734/2002). |
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VI. REQUISITOS DEL CARGO: |
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6.1.Estudio: |
Título
universitario en medicina y tarjeta
profesional. |
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6.2. Experiencia: |
Profesional : Veinticuatro
(24) meses. Relacionada: Veinticuatro (24) meses. |